ANALISIS/OPINION – La empresa pública Metro de Madrid, enfrentándose a una serie de huelgas como rechazo a varios casos (por lo menos uno, hasta la fecha, mortal) de enfermedad atribuible a exposición a amianto, ofrecerá pruebas médicas a todos sus trabajadores con la intención de asegurarles.
Estas pruebas y la estrategia que las avala tienen, en principio, poco sentido en el contexto más amplio de tan serio y complejo problema, incluso con el fin loable (pero utópico, dado que presumiblemente ha habido alguna exposición) de “descartar cualquier problema de salud relacionado con la presencia de amianto en las instalaciones del suburbano”, como explicó la Comunidad de Madrid al anunciar el plan el 31 de mayo.
Incluso sin tener en cuenta la motivación más lógica (comercial, económica, seamos realistas) de una empresa para ‘ofrecer’ tales pruebas, creo que es justificable tachar la iniciativa, en principio, de espuria.
‘Espuria’ en cuanto a que tiene la apariencia superficial de un plan preventivo loable, pero que, en realidad, carece de una coherencia técnica y sociosanitaria genuina.
Es de gran interés público comprender por qué – y no sólo con respecto a la situación en Metro de Madrid.
El siguiente análisis, necesariamente especulativo por la naturaleza de la situación, pretende informar, de una forma neutral y desinteresada, sobre un tema que es tan complejo como serio. Por ello, se avisa que es inevitable ser ‘abogado del diablo’ en relación a la realidad brutal del amianto y al mundo comercial y político que gira en torno a él.
Por ello, aviso, es un tema duro de leer…
El quid de la cuestión…
El quid de la cuestión, el tema central que nos concierne en relación a la decisión y ‘política’ de la Comisión de Seguimiento de Metro de Madrid, es éste:
¿Se ha cumplido y se está cumpliendo, o no, con las medidas que establece la ley con respecto al control del amianto y a la protección contra la exposición de trabajadores – y sus familias y el público en general, no olvidemos – a amianto en el aire (o sea, respirable o ingerible: lo que se entiende por ‘exposición’)?
En principio, la Comunidad de Madrid ha asegurado en un comunicado que: “Metro recuerda que no existe riesgo de exposición al amianto ni por parte de los empleados ni por parte de los usuarios de la red.”
Sin embargo, por lo reportado y por la postura de la empresa misma, entre otras fuentes, parece que no necesariamente haya sido así siempre.
Para empezar, al extender las pruebas a toda la plantilla y no sólo a los 1.000 o así trabajadores supuestamente sometidos a un mayor riesgo de exposición, parece significar que algún riesgo sí que existe (o ha existido) para ciertos trabajadores.
De hecho, en referencia al presente “plan de desamiantado de la red y material móvil”, la Comunidad de Madrid asegura que “ya se está trabajando en la retirada de algunas piezas presentes en los modelos más antiguos de trenes”. O sea que riesgo, y más que teórico, ha habido y hay.
Además, detengámonos en la frase “riesgo de exposición” en sí. Su posible interpretación merece mayor análisis, lo cual hago más abajo. Por ahora, subrayar que si el tiempo verbal es significativo y escondiera que hay conocimiento de una exposición pasada, entonces serían palabras vacías ya, y la cuestión que nos urgiría saber es si la exposición fue predecible y/o evitable, además de conocida.
Entonces, analicemos la situación en que nos puede dejar cualquier duda al respecto: que, en el peor de los casos, no se haya protegido adecuadamente al trabajador – ni al público, claro – contra una exposición a amianto.
Al hacerlo, intentaré explicar las razones más lógicas (o sea, desde una perspectiva necesariamente cínica, pero lógica) de las pruebas médicas en cuestión: en otras palabras, la lógica, la estrategia, por la que a Metro de Madrid y la Comunidad de Madrid les conviene hacer las pruebas; y quizá no sólo ofrecerlas, sino además ‘imponerlas’ de alguna manera: ya sea en cuanto al mero hecho de proveerlas, o a reclamar la validez (absolutamente negable) de resultados negativos, etc.
¿Cuál es el objetivo del plan?…
Según la Comunidad de Madrid, las pruebas se harán “con el ánimo de aportar mayor seguridad a los trabajadores de la compañía”.
Para empezar, es indiscutible que cualquier prueba médica es mejor que ninguna para cualquier persona que, siendo aún asintomática, se le pudiera detectar un problema serio lo más precozmente posible. (Las personas que ya presentan síntomas deben haber recibido esas pruebas diagnósticas ipso facto, claro; dicho eso, ser conscientes de una posible exposición puede ayudar a precisar el diagnóstico.)
Pero, la realidad de la situación de Metro de Madrid es que, a pesar de ‘cubrir’ ese limitado, aunque importante y muy loable, fin, no concibo qué prueba se pueda hacer para asegurar plenamente, con suficiente certeza, a los trabajadores (a los usuarios menos), de que efectivamente no ha habido una exposición potencialmente patogénica.
“Es por esto que se hace fundamental saber bien dónde está el amianto y asegurarse de que está contenido.”
Por exposición patogénica entendemos que ha causado (o previsiblemente causará, debemos de tener en cuenta) enfermedad. Las enfermedades más comúnmente asociadas con el amianto incluyen: la asbestosis (lesiones del pulmón causadas por la reacción del tejido a las fibras de amianto que no logra desechar) y mesotelioma (un cáncer de tejidos del pulmón u otros órganos, como reacción más severa a la presencia a largo plazo del amianto).
Hablamos de ‘enfermedades profesionales’, pero este es un término anticuado, ya que, gracias a una creciente exposición social, hay cada vez más casos que no se asocian con profesiones de riesgo. Parte del problema es que estructuras de cemento construidas con amianto se están degenerando y ‘soltando’ las fibras. Es por esto que se hace fundamental saber bien dónde está el amianto y asegurarse de que está contenido.
Y ¿patogénica, cuándo?… No ahora o el año que viene, sino en cualquier momento en las décadas venideras. Sí: décadas – ahí radica el peligro potencial del amianto. Y de ahí, precisamente por su compleja naturaleza – su largo período de ‘incubación’ y su impredecibilidad – que la exposición a amianto requiera un compromiso sociosanitario de mucho mayor peso que una prueba puntual.
Pero, centrémonos en las pruebas en sí. ¿Por qué podemos tacharlas de espurias, sobre todo?
¿Qué nos pueden decir las pruebas?…
La respuesta a esa pregunta parece residir en ésta: ¿Qué se pretende buscar o, en este caso, reflexionemos, dejar de encontrar con esas pruebas médicas?
Y esa pregunta es importante, pero más son éstas: ¿Qué exactamente podemos esperar encontrar – o no, y descartar? ¿Alguna patología (enfermedad, con o sin síntomas) asociada directamente al amianto? ¿Bastaría eso? No necesariamente…
Es fundamental comprender que la exposición a amianto no afecta sustancialmente al tejido de inmediato; y tampoco se hace sintomático hasta pasado bastante tiempo (años, incluso décadas) después de la exposición. El mesotelioma tiende a tardar unos 30 a 40 años o más en ‘aparecer’ y tener síntomas; y la asbestosis es precursora, pero los síntomas se confunden con otras afecciones no atribuibles a amianto.
¿Fibras de amianto, entonces? Eso sí nos daría certeza, pero eso es inconcebible… Para descartar o confirmar fehacientemente una exposición significativa de amianto, se requiere nada menos que hacer una biopsia (de tejido pulmonar, esofágico o gástrico, por ejemplo), y hay que presuponer que no se está hablando de eso.
“Las pruebas no serán capaces de dar con evidencia del efecto, ni mucho menos de la presencia, de amianto. Entonces, ¿qué significado pueden tener los resultados?”
Por todo esto, es lógico suponer que en la totalidad (o casi totalidad) de los trabajadores de Metro, sobre todo entre los más jóvenes, que se sometan a las pruebas, los resultados serán negativos.
En conclusión, incluso tras una exposición significativa constatada, pruebas médicas puntuales simplemente no serán capaces de dar con evidencia del efecto, ni mucho menos de la presencia, de amianto.
Entonces, ¿qué significado pueden tener los resultados – para los trabajadores, por un lado, y para la empresa por el otro?
Significados inconcluyentes…
¿Qué nos dice y qué implicaciones tendrá un diagnóstico positivo o un resultado negativo en esta situación? Al compararlos, veremos que ninguna lleva a conclusiones concretas.
Centrándonos en los negativos: La pregunta clave es: ¿Qué nos puede decir un negativo acerca del pasado, presente y futuro de la salud de ese trabajador? Muy poco, a parte del cuadro clínico en el momento de la prueba.
Y con respecto a algún resultado positivo que se pueda dar, cabe preguntar: ¿qué constituirá un positivo y qué implicaciones tendrá? Pero, ¿positivo de qué precisamente? ¿De que ha habido exposición laboral en Metro de Madrid precisamente? Pues no necesariamente.
Pero, ¿y si se aceptara esa premisa?… ¿Tendríamos que interpretar los negativos como que no la ha habido? ¡No, rotundamente!
La dura realidad es que cuando se trata de amianto, un resultado negativo no tendrá significado médico sino para establecer un cuadro clínico inmediato, puntual. No tendrá relevancia alguna para el peligro potencial a la larga de una posible presencia de fibras en el tejido pulmonar, esofágico, gástrico, etc, dado su típicamente largo período de ‘incubación’.
Esta tardanza crea uno de los círculos viciosos a los que nos enfrentamos a todos los niveles en este tema. Es ejemplo también de la incerteza y complejidad a las que se han acogido históricamente empresas y sus aseguradoras para protegerse legalmente.
El caso es que ni, por un lado, un diagnóstico claro de patología por amianto, ni, por el otro, la ausencia de enfermedad, nos puede retratar perfectamente ni la realidad fundamental de la situación ni sus implicaciones futuras.
En cuanto a las implicaciones legales de un positivo, debemos tener en cuenta que ya se dan muchos casos internacionalmente en los que ni siquiera un diagnóstico confirmado de asbestosis y/o mesotelioma han tenido efectos legales automáticos.
En otras palabras, un diagnóstico positivo no equivale a evidencia irrefutable de que la empresa en que trabaja (o trabajaba) la víctima fue responsable de su exposición.
De todo esto, lo más importante a tener en cuenta en el caso de Metro de Madrid es reiterar que incluso si salieran ‘negativos’ el 100% de las pruebas, no equivaldría a poder negar una exposicion; ni tampoco le restaría responsabilidad alguna a la empresa en el caso de que se constate alguna exposición accidental, por ejemplo. Sería deplorable pretenderlo y ahondaría cínicamente cualquier negligencia.
Implicaciones legales…
Sin pecar de cínicos, la vertiente legal nos acerca a otras razones por las que podríamos calificar las pruebas de espurias. Esperemos que no sea el caso, pero el ofrecer hacer las pruebas es central al proceso y a la ‘calidad’ de la responsabilización.
Como nota general, mencionar que en cuanto a pedir responsabilidades legales por el riesgo y/o daños a la salud que conlleva una falta de control de amianto, tiende a ser la aparición de la enfermedad la que genera (y establece la base legal de) un caso judicial.
Sin embargo, aún en esos casos de enfermedad por amianto constatada, demostrar la fuente de exposición es muy difícil: tiende a depender más bien de una combinación de probabilidad y negligencia demostradas. Los casos ejemplares más penosos de esta situación en el Reino Unido, por lo menos, incluye maestros de escuela con mesotelioma.
Por otro lado, incluso en casos de mesotelioma, para demostrar con peso legal la presencia de amianto patogénico en el tejido como causante de esa enfermedad, se ha requerido en el pasado evidencia que sólo una biopsia (o autopsia, claro) nos podía dar.
Entiendo que ya no es el caso: que la confirmación (imagenológica) de un mesotelioma puede que baste para demostrar directamente la causa-efecto de una exposición a amianto.
Sin embargo, al intentar establecer causa-efecto-responsabilidad, el panorama es aún más complejo si tenemos en cuenta la constatada impredicibilidad del efecto patogénico (o no) de la exposición al amianto:
Por un lado, se sabe que los varios tipos de amianto presentan diferentes grados de peligro cancerígeno – lo cual constituye otra barrera legal para el expuesto.
Por otro lado, se sabe que predisposición genética y otros mecanismos biológicos influyen también en la patogenia del amianto (o sea en la aparición y desarrollo de enfermedad).
A este punto, volvamos a leer la frase con la que la Comunidad de Madrid pretende asegurarnos: “Metro recuerda que no existe riesgo de exposición al amianto ni por parte de los empleados ni por parte de los usuarios.”
¿Qué puede querer decir “riesgo de exposición”? ¿Que la constatada presencia de amianto está perfectamente controlada? ¿Pero sólo ahora, y no antes, desde que Metro ha tenido una responsabilidad legal al respecto?
Sin embargo, hay otra interpretación, más cínica pero no descabellada, de la frase: Hay quienes arguyen fervientemente que el amianto no presenta un riesgo cancerígeno implícito. En fin…
En resumen, todo esto nos da una idea de cómo se complica el cuantificar y demostrar tanto el pronóstico clínico a largo plazo de una exposición a amianto, como las responsabilidades legales en torno a la causa-efecto asociado a una exposición (constatada o posible) de cualquier empleado o usuario.
Corolario: Prevención, fundamental…
Por todo esto y más, se hace absolutamente fundamental la protección preventiva, tanto del trabajador como del público en general.
De ahí la necesidad primordial de aplicar rigurosamente las leyes que existen para, por un lado, prevenir en todo lo posible cualquier exposición al amianto, y, por el otro, para, por vías punitivas, incentivar la correcta aplicación de la ley.
Prevenir toda exposición en sí es la única protección efectiva que tenemos – a todos los niveles: no sólo sanitaria, también legal – para minimizar el peligro que nos acecha a la larga.
La calidad del control y manejo del amianto es, por lo tanto, el único baremo válido que tenemos para asegurarnos de esas protecciones tras exponernos, para cubrir eventuales gastos médicos o de apoyo a una familia enviudada, por ejemplo.
Y la cruda realidad es que ésto mismo explica los esfuerzos extremados de algunas empresas responsables y sus aseguradoras para intentar evitar demostrar su rol en una exposición negligente – ayudadas, claro está, por la compleja naturaleza del amianto, como he intentado explicar: ese larguísimo período de incubación y las otras complejidades de la patogenia del amianto.
En conclusión…
Para Metro de Madrid y la Comunidad de Madrid tiene un significado positivo claro el ofrecer las pruebas médicas, como demostración loable de que se está respondiendo a la gran preocupación de la plantilla y, sin duda, del público.
Pero centrémonos en las posibles victimas: los empleados y los usuarios del Metro.
Lo fundamental es que donde exista amianto (desde fábricas de cemento y astilleros a escuelas), las empresas y/o entes involucradas se responsabilicen plenamente de la más perfecta prevención y, por ende, de cualquier carencia, ya sea por negligencias explícitas o por error humano, por ejemplo.
En situaciones en los que hay evidencia de tales errores, entonces es esa evidencia, y no la que pueda darnos (o no) unas pruebas médicas questionables, la que debe informar el camino sociosanitario a seguir. El público debe poder esperar una política preventiva ‘post-error’ que refleje plenamente la informada seriedad que tal situación merece y requiere absolutamente.
En suma, ante ese ideal, las pruebas médicas de Metro de Madrid, por sí solas, se quedarían cortas.
Autor: Bernard Murphy *
* periodista investigador en temas de salud pública y tecnología médica